¿Quienes
Somos?

Principall

Comunicados Anteriores

Territoriales

Tablón

Derechos

Subcontratación

Aportaciones

Revistas

Enlaces (Links)

 
 

 
 
 
 
LAS AYUDAS DE LA J.A.F.A NO DEBEN LLEVAR RETENCIÓN POR IRPF
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. nº 1628/2003

 

 

El BBVA ha retrocedido las retenciones practicadas desde el 1-1-2006, pero no las correspondientes a los ejercicios anteriores. Es el interesado quien deberá efectuar una "Liquidación Complementaria" a la Hacienda correspondiente para reclamar los importes retenidos. Algunas Haciendas vienen exigiendo la presentación de la demanda citada. Quien lo necesite puede bajarse la sentencia y el impreso para la reclamación: