| 2.1. |
Beneficiarios: |
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Las Ayudas podrán ser solicitadas por aquellos empleados de procedencia
A.S.I. a los que le sea de aplicación el acuerdo colectivo firmado
el 27-6-97, quedando excluidos por tanto, aquellos que mantenían
los beneficios sociales de otras Entidades del extinguido Grupo
Argentaria, salvo que en su día hubieran renunciado a los mismos.
En
el caso de que ambos cónyuges sean empleados, y con independencia
del Banco de procedencia, únicamente procede el abono de una ayuda
por hijo, por lo que la solicitud la efectuará uno de los dos cónyuges.
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Índice>>> |
| 2.2. |
Tipos
de ayudas: |
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Los tipos de ayuda que se conceden se detallan a continuación:
- A.
AYUDA FAMILIAR PARA ESTUDIOS Y GUARDERIA:
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3º TRAMO
Desde 17 a 24 años (ambos inclusive)
-
B. AYUDA POR MINUSVALIA:
Se establece una ayuda para los hijos de empleados que tengan
algún tipo de minusvalía, física o psíquica (mínimo 33%).
-
C. AYUDA DE ESTUDIOS DE EMPLEADOS:
F.P., Bachillerato, carreras universitarias y estudios similares,
que tengan un contenido complementario, ya sea técnico o funcional,
a la propia actividad de la Empresa.
Las
cuantías vienen reflejadas en el Anexo I.
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Índice>>> |
| 2.3. |
Tramitación
y documentación de las distintas ayudas:
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-
AYUDA DE ESTUDIOS PARA HIJOS:
De 0 a 4 años sin guardería y de 5 a 16 años (inclusive):
Para la percepción de estas ayudas no es necesario presentar
solicitud alguna ni se precisa documentación justificativa.
El abono se efectuará automáticamente en la nómina del mes
de septiembre, tomando
como base la información que sobre beneficiarios, edades de
los mismos, etc., figuren en la Base de Datos.
Los errores que se detecten deberán ser justificados para
proceder, tanto al abono que corresponda como a la actualización
de ficheros, mediante escrito dirigido a la dirección señalada
mas adelante.
De 0 a 4 años con guardería y de 17 a 24 años (inclusive):
En
este supuesto se deberá proceder a efectuar la solicitud,
impreso “Ayuda económica para estudios. Hijos de empleados”
aportando la documentación justificativa antes del 31 de octubre
próximo.
Fotocopia
de matrícula del curso académico o documento demostrativo
de que están cursando los estudios objeto de ayuda (este último
documento sólo para el tramo 3º), y los recibos correspondientes
mensuales que necesariamente llevarán CIF, nº de recibo, sello
y firma en el caso de guardería.
Tramitación
de Solicitudes:
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Personal prejubilado, pensionista: el banco les remitirá
una carta basada en la información existente en la Base
de Datos. Sobre dicha comunicación los interesados deberán
proceder a confirmar la propuesta o, en su caso, a actualizar
y corregir los datos que correspondan. La documentación
justificativa se adjuntará a la propuesta, una vez cumplimentada,
y se remitirán a la dirección que se indica.
Dirección de envío de documentos:
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BBVA
Referencia "Ayuda de estudios (ASI)"
RRHH - Administración de Personal
Gran Via, 1 - Pl. 10ª
48001 BILBAO
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Una
vez revisados los documentos justificativos se procederá a la
autorización de la ayuda y su correspondiente abono en la nómina
del mes de noviembre, en caso de denegación se le enviará una
carta comunicándole la incidencia que ha motivado la denegación.
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BBVA
Referencia "93.80.007"
RRHH - Administración de Personal
Gran Via, 1 - Pl. 10ª
48001 BILBAO
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AYUDA DE ESTUDIOS DE EMPLEADOS (BECAS)
Las solicitudes deberán formalizarse en el impreso "Ayuda Económica
Estudios Especiales" y remitirse antes del 31 de Octubre próximo
a la respectiva UTRH-FORMACION (Unidad Territorial de RR.HH),
o en caso de Servicios Centrales a : FORMACIÓN, Pº de la Castellana,
81, Pl. 16ª - 28046 MADRID, junto con el documento de inscripción
o matriculación, donde deberá reflejarse el importe del curso
a realizar. No se tendrá derecho a esta ayuda por asignaturas
repetidas.
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