Con el ánimo de contribuir a una mejora de la formación y capacitación profesional
del personal, se establecen las siguientes normas para la concesión de ayudas
económicas destinadas a empleados en activo que deseen cursar estudios en
centros oficiales de formación externos, incluido el aprendizaje de idiomas,
que resulten de interés para el solicitante y para el Banco.
| 2.1. |
Beneficiarios: |
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Empleados fijos en plantilla en
activo.
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| 2.2. |
Cuantía
de la beca:
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Hasta
el importe máximo de 309,17 euros, pudiéndose aplicar tanto para
el pago de matrícula, como para la adquisición de libros de texto.
En
el caso de matriculación de asignaturas sueltas nuevas, el gasto
producido por la adquisición de libros de texto para su estudio
no podrá superar, en ningún caso, la cifra asignada para el pago
de matrícula. El abono se efectuará de una sola vez durante el período
en el que se realiza el curso correspondiente y, por tanto, únicamente
se admitirá una solicitud por período escolar.
En
el caso de idiomas, las becas se concederán para realizar estudios
durante el período de Octubre a Junio, y sólo se admitirán solicitudes
para realizar estudios de un solo idioma por curso. Excepcionalmente
se admitirán para 2 idiomas en un mismo curso si no se disfruta
de otra beca de estudios, y siempre que se curse al menos uno de
ellos a nivel de perfeccionamiento.
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| 2.3. |
Régimen
académico: |
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Los estudios se realizarán en Centros de reconocida garantía de
enseñanza. En las localidades donde no existan tales Centros, se
admitirán solicitudes para realizar estos estudios con profesor
particular que posea título oficial.
En
el supuesto de que se produzca la baja en estas clases de un empleado
beneficiario de beca, la misma deberá ser comunicada a la U.T.R.H.
o Administración de Personal de Pº de
Recoletos, 10 - Ala Este - 2ª planta - 28001 MADRID,
indicando la fecha y motivos de la baja.
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| 2.4. |
Tramitación
de solicitudes: |
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Las solicitudes, ajustadas a los modelos vigentes en la Organización,
"Ayuda Económica Estudios Especiales" o "Ayudas Económicas para
Estudios de Enseñanza Oficial" se remitirán, antes del 31 de Octubre
próximo, a la respectiva U.T.R.H. -
FORMACION (Unidad Territorial de Recursos Humanos), o en caso de
Servicios Centrales a FORMACION de Ps. Castellana 81, planta 16ª
/ 28046 - Madrid, quien tratándose de estudios que, en su opinión,
contribuyan a la formación del personal y a la mejora de su capacitación
profesional, procederá a su sanción favorablemente.
Las
solicitudes deberán venir acompañadas de los recibos originales
de los pagos efectuados a los Centros, matrícula, y en el caso de
libros factura original emitida a nombre del interesado.
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| 2.5. |
Abono
de la beca: |
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Comunicada a los interesados la concesión de la beca, se procederá
a su abono a través de nómina, previo envío a la U.T.R.H. o Administración
de Personal de Pº de Recoletos, 10 - Ala
Este - 2ª planta - 28001 MADRID, de los recibos originales
de los pagos efectuados a los Centros de enseñanza.
En
el caso de idiomas, el abono se producirá trimestralmente y los
beneficiarios deberán haber aportado previamente a la respectiva
U.T.R.H. o en el caso de Servicios Centrales a la Administración
de Personal del Edificio de que se trate, los recibos originales
de los pagos efectuados, así como un parte trimestral del respectivo
Centro en el que estudien en el que se especifique concretamente
las faltas habidas en cada trimestre y la calificación que corresponda
al aprovechamiento de los estudios cursados.
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| 2.6. |
Justificantes
del curso: |
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Al finalizar el curso, los empleados beneficiarios deberán hacer
seguir a la U.T.R.H. respectiva, o en el caso de Servicios Centrales,
a la Administración de Personal de Pº
de Recoletos, 10 - Ala Este - 2ª planta - 28001 MADRID,
las calificaciones obtenidas o un certificado de aprovechamiento
expedido por el Centro donde se hayan cursado los estudios.
Si
se trata de una beca de idiomas, la asistencia inferior al 75% de
las horas lectivas, sin justificar, o un deficiente aprovechamiento
de los estudios, será causa de denegación para el curso siguiente.
Consecuentemente,
para poder atender las peticiones del presente curso será imprescindible
en el caso de haber sido becado en el curso anterior que hayan sido
presentados los partes de asistencia y calificación del mismo.
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