AYUDAS DE ESTUDIOS PARA EMPLEADOS
93.80.004

Establecimiento de las bases para la concesión de ayudas de estudios a los empleados (personal origen Grupo BBV - España). NORMA VIGENTE
Fecha versión: 13.09.2007


Índice
1. Consideraciones generales
2. Normas de procedimiento
2.1. Criterios de concesión
2.2. Clases de ayuda y cuantía
2.3. Tramitación de solicitudes
3. Impresos y material de oficina
4. Derogaciones
5. Anexos
I. Estudios y cuantía de las Ayudas Enseñanza Reglada
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1. Consideraciones generales

 
Con el ánimo de contribuir a una mejora de la formación del personal en activo, se establecen las siguientes normas para la concesión de Ayudas económicas destinadas a empleados que deseen cursar estudios en Centros de Formación Externos.


2. Normas de procedimiento
2.1. Criterios de concesión:
 
 
  • Los estudios que se cursen deben tener relación directa o indirecta con las actividades que se desarrollan en el Grupo.
  • Quedan excluidos aquellos estudios que interfieran el horario de trabajo, salvo autorización expresa.
  • Para la concesión de las ayudas, es necesario que el solicitante tenga una evaluación favorable de su trabajo. Por ello, será preceptivo que las Unidades o Areas Administrativas donde los solicitantes presten sus servicios, informen en relación con este aspecto.
  • Los estudios a subvencionar por el Banco deberán realizarse en Centros oficiales o privados que, a juicio de la Dirección de Formación, ofrezcan la garantía adecuada. En todo caso, esta Dirección se reserva la facultad de seleccionar el Centro o entidad de enseñanza y el tipo de estudios que mejor se adecue a las características del solicitante
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2.2. Clases de ayuda y cuantía:
 
 
  • Para estudios de Enseñanza Reglada oficial:

    • Las ayudas concedidas se abonarán por nómina, bajo el concepto de Ayuda de Estudios. No están autorizados anticipos a cuenta ni pago fraccionado de las ayudas.
    • Se pagará una ayuda por cada curso completo terminado, que deberá realizarse en un tiempo máximo de dos años.
    • Las solicitudes deben formularse dentro del año académico en que se haya aprobado la totalidad del curso, concediéndose un plazo adicional de un cuatrimestre para cubrir las posibles demoras en la obtención de las certificaciones académicas.
    • Las ayudas para estudios de Doctorado se concederán, por una sola vez, cuando el solicitante haya finalizado los cursos correspondientes (máximo a pagar dos cursos).

      Los estudios y cuantía de las ayudas están relacionados en el Anexo I.

  • Para estudios distintos de los de Enseñanza Reglada Oficial:
    • Estudios realizados a petición del interesado y que a juicio del Banco tengan relación directa con su trabajo o desarrollo profesional.

      La Dirección de Formación decidirá el importe de la ayuda económica a conceder al solicitante. El abono de la ayuda será efectuado a través de la nómina al término de la acción formativa, previa presentación de los oportunos justificantes de aprovechamiento y de los pagos efectuados por el solicitante al Centro docente donde realizó la misma.

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2.3. Tramitación de solicitudes:
 
  • Para estudios de Enseñanza Reglada Oficial:
    • Cumplimentar el impreso "Ayudas Económicas para Estudios de Enseñanza Oficial" al término del curso por el que se solicite la ayuda, adjuntando la certificación académica correspondiente, y con el informe del Director de la Oficina o Unidad correspondiente, enviarlo a la U.T.R.H. FORMACIÓN o en el caso de Servicios Centrales a FORMACIÓN de Ps. de la Castellana 81- planta 16ª / 28046 - Madrid. Para solicitar este impreso deberán seguir las indicaciones hechas en el capítulo de Impresos y Material de Oficina.
  • Para estudios distintos de los de Enseñanza Reglada Oficial:
    • Solicitud en el impreso "Ayudas Económicas para Estudios Especiales", cuyo número de modelo se recoge en el capítulo de Impresos y Material de Oficina.

      Deberán ser informadas por el Director de la Zona o Unidad en que esté encuadrado el solicitante, y enviado a la U.T.R.H. FORMACIÓN o en caso de los Servicios Centrales al Dpto. Central de Formación, Ps. de la Castellana 81 - planta 16ª / 28046 - Madrid.

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3. Impresos y material de oficina

 
Haga Clic sobre el impreso que desee cumplimentar.

MODELO DENOMINACIÓN
10006133 Ayuda Económica Estudios Especiales
  Ayuda Económica Estudios Enseñanza Oficial
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4. Derogaciones
 
La presente Norma deroga los documentos siguientes:
TIPO Y Nº DENOMINACIÓN
Comunicación BX.90.004 de fecha 05.03.90
Comunicación BX.90.005 de fecha 06.03.90
 
5. Anexos
I. Estudios y cuantía de las Ayudas Enseñanza Reglada:
   
ESTUDIO
AYUDA EUROS
Formación Profesional, Bachiller y Acceso Universidad mayores 25 años 202,28
Estudios de Grado Medio y cursos Universitarios 364,27
Estudios de Doctorado 364,27
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