AYUDA ESCOLAR PARA ESTUDIOS Y AYUDAS ESPECIALES PARA HIJOS DE EMPLEADOS ORIGEN ARGENTARIA
93.80.008
 

Establecimiento de las bases por las que se rigen las convocatorias para la solicitud de ayuda para estudios de hijos de empleados y ayuda para hijos minusválidos de personal con origen Argentaria. NORMA VIGENTE
Fecha versión: 13.09.2007


Índice
1. Consideraciones generales
2. Normas de procedimiento
 
2.1. Beneficiarios
2.2. Tipos de ayuda
2.3. Requisitos Ayuda escolar
2.4. Tramitación de ayudas y documentación
 
2.4.1. Ayuda Escolar
2.4.2. Ayuda a Minusválidos
3. Derogaciones
4. Anexos
 
I. Ayuda escolar para el curso 2007/2008 - Origen Argentaria
II. Solicitud de Ayudas para Empleados con hijos minusvalidos
III Ayuda económica para estudios de hijos de empleados
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1. Consideraciones generales

 
La presente Norma tiene por objeto establecer las condiciones generales por las que regirán las convocatorias para la solicitud de ayuda escolar para estudios de hijos y ayuda para hijos disminuidos físicos y/o psíquicos de empleados de BBVA, de origen Argentaria.


2. Normas de procedimiento
2.1. Beneficiarios:
 

 
Las ayudas podrán ser solicitadas por Empleados y Pensionistas en los que concurran las circunstancias que se detallan en este apartado. Unicamente podrá solicitarse una ayuda para cada hijo y curso académico.

  • Empleados

    Por cada hijo que, viviendo a sus expensas, curse estudios en alguno de los grupos que más adelante se señalan.

    Por hijos minusválidos.

  • Jubilados e incapacitados del Banco y viudas/os de empleados fallecidos (de origen Bex), o situaciones producidas desde Octubre de 1998

    Por sus hijos, en idénticas condiciones a las señaladas para los empleados en activo.

En el caso de que ambos cónyuges sean empleados, y con independencia del Banco de procedencia, únicamente, procede el abono de una Ayuda por hijo, por lo que la solicitud la efectuará uno de los cónyuges.

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2.2. Tipos de ayuda:
 

 
Los tipos de ayudas que se conceden se detallan a continuación:

  • AYUDA ESCOLAR
    • Grupo 1:

      Guarderías, educación infantil, enseñanza comercial, técnica ó artística, taquigrafía, mecanografía y aprendizaje de oficios.

    • Grupo 2:

      Los tres primeros cursos de Primaria.

    • Grupo 3:

      Formación profesional (grado medio o superior), desde 4º curso de primaria y, 1º y 2º cursos de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

    • Grupo 4:

      Cursos 3º y 4º de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato, estudios universitarios, tesis y tesinas que resulten necesarias para obtener el grado de licenciado.

    • ENSEÑANZA ESPECIAL

      Enseñanza especial para aquellos hijos que, sin poder ser considerados como disminuidos físicos y/o psíquicos, la precisen para su desarrollo intelectual y/o físico.

    • ENSEÑANZA PARA DISMINUIDOS FISICOS O PSIQUICOS

      Con minusvalía reconocida igual o superior al 33% , y por tanto, perceptores de ayuda a disminuidos físicos o psíquicos.

    • AYUDA COMPLEMENTARIA POR HIJOS DESPLAZADOS DE SU RESIDENCIA HABITUAL

      Corresponderá por los hijos que para poder realizar sus estudios, se ven obligados a residir en plaza distinta a la que esté adscrito el empleado beneficiario, al no existir la posibilidad de cursar dichos estudios en la misma.

  • AYUDA PARA HIJOS DISMINUIDOS FISICOS O PSIQUICOS

    Con minusvalía reconocida igual o superior al 33%

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2.3. Requisitos Ayuda Escolar:
 

 
No se tendrá derecho a la ayuda escolar, y, en su caso, a la correspondiente Ayuda complementaria por hijos desplazados, cuando los hijos se encuentren en cualquiera de las siguientes circunstancias:

  • Que tengan 25 o más años, al 30 de Septiembre próximo.( excepto enseñanza especial y a minusválidos)
  • Que repitan un mismo curso por segunda vez, teniendo 16 ó más años, salvo que medien circunstancias excepcionales no imputables al alumno, extremo que deberá documentarse.
  • Que obtengan una beca o ayuda de estudios del Banco, en cuyo caso se habrá de optar por una u otra.
  • Que trabajen de forma continuada por cuenta propia o ajena.
  • Que se perciba Ayuda Familiar por ese hijo.
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2.4. Tramitación de ayudas y documentación:
 
2.4.1. Ayuda Escolar (hasta 16 años):
 
 
  • Guarderías y enseñanza obligatoria (educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria):

    Para la percepción de estas ayudas no es necesario presentar solicitud alguna ni se precisa documentación justificativa. El abono se efectuará automáticamente en la nómina del mes de Septiembre, tomando como base la información que sobre beneficiarios, edades de los mismos, etc., figuren en la Base de Datos.

    Los errores que se detecten deberán ser justificados para proceder tanto al abono que corresponda como a la actualización de ficheros, mediante escrito dirigido a la dirección señalada mas adelante.

    En el caso en que el hijo no figure en el apartado de familiares del Dossier del Empleado, en primer lugar se procederá a remitir la documentación justificativa necesaria para su regularización y, una vez aparezcan los datos correctos, se remitirá un escrito reclamando el abono correspondiente a la dirección que indicamos más adelante.

Únicamente será necesario formular solicitud para percibir las ayudas por "hijos desplazados" (cuando se resida o pernocte fuera de la plaza habitual) hacer Clic aquí para rellenar el impreso, este impreso se deberá remitir junto con los documentos justificativos de pernocta y asistencia al centro docente correspondiente a la siguiente dirección:

BBVA
"Ayuda de Estudios"
Administración de Personal
Funciones Centralizadas
Pº de Recoletos, 10
Ala Este - 2ª planta
28001 - MADRID
  • Estudios a partir de los 17 años, inclusive:

    En este supuesto se deberá proceder a efectuar la solicitud aportando la documentación justificativa (justificante de pago de matrícula, certificado de inscripción, recibo de un mes o similar). Para percibir el complemento por "hijos desplazados" (cuando se resida o pernocte fuera de la plaza habitual), deberá remitirse escrito en el que se especifiquen los motivos por los que se consideran con derecho a este complemento, adjuntando fotocopia del documento justificativo de pernocta y de su asistencia al centro docente correspondiente.

    • TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES:

      Personal en activo con acceso a e-spacio: A través del Portal del Empleado, se podrá acceder a la propuesta de ayuda basada en la información existente en la Base de Datos. En esta página se deberá proceder a confirmar dicha propuesta o, en su caso, a actualizar y corregir los datos que correspondan. La documentación justificativa se adjuntará a una copia impresa de la página actualizada y se remitirán a la dirección que se indica más adelante, a la que se acompañarán tantas solicitudes como hijos tenga y de los que pueden solicitar ayuda de estudios.

      En el caso en que el hijo no figure en el apartado de familiares del Dossier del Empleado, en primer lugar se procederá a remitir la documentación justificativa necesaria para su regularización y, una vez aparezcan los datos correctos ya podrá efectuar la solicitud por e-spacio.

      BBVA
      "Ayuda de Estudios"
      Administración de Personal
      Funciones Centralizadas
      Pº de Recoletos, 10
      Ala Este - 2ª planta
      28001 - MADRID

       

      Personal prejubilado, pensionista y personal en activo sin acceso a e-spacio: El Banco les remitirá una carta basada en la información existente en la Base de Datos con tantas propuestas como hijos con derecho a solicitud tenga. El interesado deberá proceder a confirmar la propuesta o, en su caso, a actualizar y corregir los datos que correspondan. La documentación justificativa se adjuntará a la/s propuesta/s una vez cumplimentadas, y se remitirán a la dirección que se indica en sobre respuesta adjunto, que no necesita franqueo.

      Si en la información remitida faltase algún hijo con derecho a ayuda, se acompañará la documentación justificativa (libro de familia, DNI, etc.) para proceder al alta en la base de datos, además de la documentación justificativa de los estudios realizados.

    • DIRECCIÓN SOBRE RESPUESTA PARA ENVÍO DE DOCUMENTOS:
    BBVA
    Ref. "Ayuda de Estudios"
    Apartado 694 F.D.
    28080 - MADRID

    Una vez revisados los documentos justificativos se procederá a la autorización de la ayuda y su correspondiente abono en la nómina de noviembre.

    En el caso de ser rechazada se generará una tarea al empleado activo con acceso a e-spacio que le llevará a la pantalla de solicitud para mostrarle el motivo del rechazo. Al personal pasivo o activo sin acceso a e-spacio se le enviará una carta comunicándole la incidencia que ha motivado la denegación.

  • Enseñanza Especial y Enseñanza a disminuidos físicos y psíquicos:

    En los casos de Enseñanza Especial y Enseñanza a disminuidos físicos y psíquicos, se deberá enviar, a la dirección indicada a continuación, a primeros de cada uno de los meses de Enero, Abril, Julio y Octubre, los justificantes de pago del centro especializado al que estén asistiendo sus hijos.

BBVA
Referencia "93.80.008"
Administración de Personal
Gran Vía, 1 - Planta 10ª
BILBAO

Los peticionarios por primera vez de alguna de estas Ayudas, adjuntarán escrito-solicitud a la antedicha dirección con los oportunos justificantes del centro educativo en el que se detalle el motivo por el que se precisa dicha enseñanza.

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2.4.2. Ayuda a Minusválidos:
 

 
La solicitud de nuevas ayudas para hijos minusválidos (Anexo II), se enviarán directamente a: Administración de Personal, Gran Vía, 1 – Pta. 10ª - Bilbao.

Cuando se solicite Ayuda por hijos disminuidos físicos o psíquicos, se deberá acompañar acreditación de Minusvalía igual o superior al 33%.

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3. Derogaciones

 
La presente Norma deroga el documento siguiente:
 
TIPO Y Nº DENOMINACIÓN
Normativa Argentaria - Instrucción GR 55/00, de fecha 14.09.00. Ayuda Escolar para Hijos de empleados con procedencia Argentaria.


4. Anexos
I. Ayuda escolar - Origen Argentaria:
 

 
Los importes de ayudas económicas son los siguientes:

  Importe

Periodicidad

Grupo 1º 226,77 Anual
Grupo 2º 201,19 Anual
Grupo 3º 257,22 Anual
Grupo 4º 290,71 Anual
Enseñanza especial 118,56 Mensual
Enseñanza para disminuidos físicos y/o psíquicos 157,98 Mensual
Ayuda complementaria por hijos desplazados de su residencia habitual 85,92 Mensuales 3 trimestres a percibir en un solo pago (Grupos 1, 2, 3 y 4)
98,94 Mensuales (Enseñanza especial y a Disminuidos físicos y/o psíquicos)
Ayuda para hijos disminuidos físicos y/o psíquicos 172,20 Mensual

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud finalizará el 31 de Octubre de 2007.

 
II. Solicitud de Ayudas para Empleados con hijos minusválidos:
 

 
Haz Clic aquí para visualizar el formulario.

   
III Ayuda económica para estudios de hijos de empleados

Haz Clic aquí para visualizar el formulario.

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