APARTAMENTOS Y BONOS 2011

93.90.006

(16.02.2011)

 

Establecimiento de las Condiciones Generales que rigen la adjudicación y disfrute de apartamentos y solicitud de bonos para vacaciones, del año 2011.

 

Índice

1.

Consideraciones generales

2.

Normas de procedimiento

 

2.1.

Beneficiarios

2.2.

Tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas de apartamentos y bonos

2.3

Renuncias y anulaciones

2.4.

Apartamentos: Estancia e ingreso

2.5.

Definición de Turnos Temporada 2011 y plazos de solicitud

 

2.5.1.

Turnos de Verano

2.5.2.

Turnos de Primavera y Otoño

2.6.

Bonos: Importes y utilización

3.

Tarifas y condiciones económicas

4.

Anexos

 

I.

Localizaciones y descripción de apartamentos

II.

Tabla de precios de apartamentos

 

Índice

 

1. Consideraciones generales


La presente norma tiene por objeto poner en conocimiento el procedimiento y plazos de solicitud de los distintos turnos de los Apartamentos y bonos para Vacaciones del año 2011.

 

2. Normas de procedimiento

2.1.

Beneficiarios:

 


Los empleados en activo del Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A en España con contrato fijo o temporal de duración igual o superior a un año en la fecha de solicitud del Apartamento o Bono. En caso de que le sea adjudicado un apartamento, para su utilización deberá figurar en la Plantilla del Banco a la fecha de disfrute.

El personal del Banco Bilbao Vizcaya Argentaría, S.A en España en situación de prejubilación, jubilación, invalidez y viudedad, este último colectivo siempre que tenga a su cargo hijos hasta la edad de 17 años al uno de enero del año de la solicitud.

Con carácter excepcional, los viudos y viudas de empleados del Banco que se encontraban en dicha situación al tiempo de la firma del acuerdo (18-10-2007).

El personal que prestando servicios en otra Entidad del Grupo tiene suspendido su contrato de trabajo con BBVA y reconocido en su contrato de suspensión el mantenimiento de los Beneficios Sociales de BBVA.

 

2.2.

Tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas de apartamento o Bonos:

 


El personal en activo cumplimentará la correspondiente solicitud a través del formulario habilitado a tal efecto en el proceso de
Apartamentos y/o Bono dentro del Portal del Empleado (Para ti DRRHH>Procesos de RRHH>Información Personal>Apartamentos) en Espacio.

En el caso del personal pasivo y prejubilado, las solicitudes se formularán mediante el impreso de solicitud correspondiente, que deberá dirigirse a Administración de Personal- Funciones Centralizadas, Pº de Recoletos, 10 ala Este 2ª planta (Madrid), finalizando el plazo de recepción el 25-03-2011.

En el caso de ser beneficiario de un apartamento o Bono y no indicar lo contrario, entenderemos que autoriza al Banco a ceder a Viajes Iberia así como al propietario del apartamento adjudicado, los datos personales estrictamente necesarios para tramitar su concesión y con el único fin de gestionar la misma, procediendo por parte de estos a la eliminación de los mismos una vez finalizada la prestación del servicio. Caso de no autorizar esta cesión, el Banco, se vera en la necesidad de anular su solicitud, por la imposibilidad de su tramitación.

En el caso de los Apartamentos, para cada grupo de turnos (Verano y Primavera/Otoño) se computarán las veces disfrutadas de forma independiente. En el caso del Bono se computará como si de un turno de verano se tratase.

Se recomienda que antes de efectuar la petición comprueben las fechas en que pueden solicitarlo, conforme a  lo establecido en el apartado 2.5 de esta norma.

No podrá solicitarse más de un turno de Verano o de Primavera/Otoño, salvo en el caso de que no le haya sido concedido y se oferten plazas vacantes.

Podrán solicitarse, hasta tres ubicaciones de apartamentos en el turno para el que se efectúe la solicitud y/o el Bono. En el proceso de adjudicación si no le corresponde la localización de apartamento solicitada en primer lugar, se considerará la indicada en segundo lugar, y así sucesivamente hasta el máximo de ubicaciones pedidas. Finalmente si no le corresponde apartamento entrara en el proceso de adjudicación del Bono si, lo hubiera solicitado.

En las solicitudes de apartamentos, si el número de beneficiarios con derecho es superior a 6 deberá dirigirse al SAE a los teléfonos 915 377 177 o 902 401 114, para gestionar la solicitud. En caso de ser necesaria la adjudicación de más de un apartamento, el canon y la retribución en especie será el correspondiente al número de apartamentos concedidos.

Un mismo beneficiario no podrá disfrutar de más de un turno cada año.

Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se procederá a la adjudicación de plazas de manera centralizada e informatizada, con rigurosa observancia del orden de prelación que se establece más adelante, dando cuenta a los interesados tanto de la concesión como denegación de plazas de apartamentos o Bonos. En caso de no recibir dicha notificación en un plazo de 30 días desde la fecha de finalización del plazo de recepción, salvo para el primer y segundo turno que podrán recabarla a partir de los 20 días de dicha fecha, es obligación del solicitante, el comprobar mediante llamada al SAE el estado de su solicitud.

Orden de prelación:

  1. Mayor número de años transcurridos desde la última vez disfrutada en cada grupo de turno, o desde la fecha de antigüedad en el Banco en caso de no haberlos disfrutado nunca.
  2. Menor número de veces disfrutadas.
  3. En caso de concurrencia de las mismas circunstancias, se considerará como criterio diferenciador la mayor antigüedad en el Banco.
  4. En caso de concurrencia de las mismas circunstancias una vez aplicada la prelación descrita, se tendrá en cuenta la fecha de nacimiento del titular, dándose preferencia al de mayor edad.

En el caso de Prejubilados, y en situación de Jubilados o Invalidez, se tendrá en cuenta la fecha de antigüedad en el Banco, mientras que en el caso de viudedad se tendrá en cuenta la fecha de antigüedad del cónyuge causante de la contingencia, así como, en su caso, el histórico de disfrute de apartamentos.

Se recuerda que no se podrá disfrutar de más de un turno durante el año, no pudiendo acceder a solicitar las vacantes los empleados que hayan sido beneficiarios de un turno de apartamento o Bono.

 

 

2.3.

Renuncias y Anulaciones

 

Las renuncias a las plazas adjudicadas se realizarán mediante comunicación al servicio de atención al empleado (SAE), teléfonos 915 377 177 o 902 401 114  y podrán efectuarse sin causa justificada en los 15 días siguientes a la fecha del escrito de concesión.

En la adjudicación de vacantes no existirá el plazo de 15 días para poder renunciar sin causa justificada.

Una vez transcurrido dicho plazo de 15 días todas las renuncias serán tratadas como “solicitudes de anulaciones a apartamentos concedidos”, debiendo ponerse en primer lugar en contacto con el Servicio de Atención al Empleado (SAE.), quien les indicará la aceptación o no de la misma, y los pasos a seguir en cada caso.

En el caso de que sea solicitada justificación de la renuncia, el interesado deberá remitir junto con escrito explicativo de los motivos de la anulación, los justificantes necesarios que acrediten los mismos, a la dirección que le sea indicada por el Servicio de Atención al Empleado (SAE). Dicha documentación será estudiada por el  Banco quien decidirá si son o no justificados a estos efectos  (los parámetros por los que se regirá el Banco para considerar como causa justificada una anulación serán los motivos de fuerza mayor, esto es todas aquellas circunstancias de gravedad ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse a pesar de haber actuado con la diligencia debida). Solo se consideraran validos estos motivos cuando las consecuencias expuestas incidan sobre el titular, conyugue y familiares dependientes del titular con derecho a asistir a los apartamentos, y que sean motivadas única y exclusivamente por causas relacionadas con el titular, conyugue, hermanos, padres, padres políticos e hijos del titular o conyugue. Para los casos de defunción se aceptará como justificante hasta familiar en segundo grado.

Dado que la forma y  medio de desplazamiento a los apartamentos es decisión del beneficiario, no se admitirán motivos relacionados con el mismo como justificación para solicitar la renuncia.

En el caso de los Bonos, pasado el plazo de 15 días de renuncia sin motivo justificado, y dado el tiempo estipulado para su canje, no se admitirán renuncias, salvo en caso de defunción o enfermedad y accidentes de extrema gravedad e invalidantes y de larga duración, acaecidas con posterioridad a la concesión.

En caso de no poder ser recolocada la renuncia para su utilización por parte de otro beneficiario, o no ser aceptada la justificación de la misma, el apartamento quedaría a disposición del titular adjudicatario procediéndose al cobro correspondiente y computando como vez disfrutada.

 

 

2.4.

Apartamentos: Estancia e ingreso:

 


A efectos informativos, se recuerda que la legislación que regula las estancias en apartamentos turísticos prohíbe el alojamiento de un mayor número de personas que la capacidad establecida. Asimismo se informa que a los niños menores de dos años no se les facilita cuna.

Para poder disfrutar de los Apartamentos será imprescindible que el titular solicitante se encuentre de vacaciones y asista al turno concedido, y no se encuentre de baja por enfermedad, salvo autorización médica en este ultimo caso.

En la información que pondrá a disposición de los adjudicatarios la Agencia de Viajes se comunicará el procedimiento de entrega y recogida de llaves, acreditación del titular a tal efecto y normas, en su caso, de estancia y uso de los apartamentos, cuyo cumplimiento es responsabilidad exclusiva del empleado. Asimismo, podrán ofrecer servicios opcionales, que serán a cargo del empleado y se facturarán "in situ".

El  Banco no se hará responsable del estado de los apartamentos, desperfectos ni faltas de utensilios en los mismos, por tanto para cualquier reclamación deberán de dirigirse a la propiedad y en caso de no recibir una solución, al teléfono de atención facilitado por Viajes Iberia. Así mismo es obligación del solicitante el comprobar los datos facilitados en la página web del proveedor sobre los apartamentos.

 

2.5.

Definición de Turnos Temporada 2011 y plazos de solicitud:

 

Los turnos comprendidos entre el 18 de junio y el 10 de septiembre quedan reservados para el personal en activo, pudiendo ser solicitados por el personal en situación de prejubilación, jubilación, invalidez o viudedad, siempre que tengan hijos en edad escolar (hasta 17 años inclusive al uno de enero del año de la solicitud).

El resto de los turnos podrán ser solicitados indistintamente por los beneficiarios descritos en el apartado 2.1 de esta norma.

2.5.1.

Turnos de verano (14 noches):

 

 

TURNO 4º.- Del 21 de Mayo al 4 de Junio

TURNO 5º.- Del 4 de Junio al 18 de Junio

TURNO 6º.- Del 18 de Junio al 2 de Julio

TURNO 7º.- Del 2 de Julio al 16 de Julio

TURNO 8º.- Del 16 de Julio al 30 de Julio

TURNO 9º.- Del 30 de Julio al 13 de Agosto

TURNO 10º.- Del 13 de Agosto al 27 de Agosto

TURNO 11º.- Del 27 de Agosto al 10 de Septiembre

TURNO 12º.- Del 10 de Septiembre al 24 de Septiembre

TURNO 13º.- Del 24 de Septiembre al 8 de Octubre

Plazo de solicitud: 28-02-2011 a 25-03-2011

 

2.5.2.

Turnos de Primavera/Otoño (7 noches):

 

 

TURNO 1º.- Del 30 de Abril al 7 de Mayo

TURNO 2º.- Del 7 de Mayo al 14 de Mayo

TURNO 3º.- Del 14 de Mayo al 21 de Mayo

TURNO 14º.- Del 8 de Octubre al 15 de Octubre

TURNO 15º.- Del 15 de Octubre al 22 de Octubre

TURNO 16º.- Del 22 de Octubre al 29 de Octubre

Plazo de solicitud: 28-02-2011 a 25-03-2011

2.6.

Bono: importes y utilización

 


Se concederán
1.665 bonos de 680,00 € cada uno al personal activo y 1.427 bonos de 340,00 € al personal pasivo (prejubilados, jubilados, viudas/os y pensionistas por invalidez).

Los Bonos podrán ser canjeados en cualquiera de las oficinas de Viajes Iberia.

Los Bonos serán válidos para la contratación de todos los productos comercializados por Viajes Iberia sin excepción incluidas las ofertas, y con un 7% de descuento sobre dichos productos y ofertas.

La fecha de validez para efectuar el canje de los bonos será hasta el 31-12-2011.

Los bonos  serán nominativos y únicamente podrán ser utilizados por el titular del mismo.

 

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3. Tarifas y condiciones económicas


El canon que se cobrará por disfrute de apartamentos es el 30% del precio del Apartamento que le sea adjudicado y que figura en el Anexo II de esta norma y la pagina web: http://bbva.viajesiberia.com/,
siendo esta información exclusiva para empleados de BBVA.

El cobro se producirá en la siguiente nómina del mes en que se produzca el disfrute del apartamento.

Retribución en especie: Conforme a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas "el consumo u obtención para fines particulares de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal de mercado ha de quedar integrado en los rendimientos de trabajo, como retribución en especie", siendo de aplicación las pertinentes retenciones.

La valoración para retribución en especie es la diferencia entre el precio del apartamento que figura en el Anexo II de esta norma ó en la página web antes citada y el importe (canon) abonado por Vd.

Para mayor comprensión detallamos el cálculo con el siguiente ejemplo:

                         Apartamento "Laguna Beach" 4/6 - Turno del 30 de Julio al 13 de Agosto
                         Precio
Apartamento = 1.041,68 €; Tarifa Cobrada = 30% de 1.041,68 €  = 312,51 €
                         Importe Retribución en Especie = 1.041,68  - 312,51 =729,17 €
                         Retención a cuenta del IRPF = 729,17 € x
% IRP del empleado.

El importe del Bono tendrá la consideración fiscal de pago en especie con su correspondiente imputación, y el mismo será aplicado en la nómina del mes siguiente a la fecha de su concesión.

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4. Anexos

I.

Localizaciones y descripción de apartamentos:

 


Haz Clic aquí para ver la tabla de apartamentos.

La descripción y características de cada una de las localizaciones así como el precio de los mismos se pueden consultar en la página web: http://bbva.viajesiberia.com/. Donde además se encontrarán ofertas especiales generales para el colectivo de BBVA. .

También podrán consultar dicha información en las oficinas de viajes Iberia.

El teléfono del servicio de atención puesto a disposición por Viajes Iberia es el 902 995 693.

El  Banco no se hará responsable del estado de los apartamentos, desperfectos ni faltas de utensilios en los mismos, por tanto para cualquier reclamación deberán de dirigirse a la propiedad y en caso de no recibir una solución, al teléfono de atención facilitado por Viajes Iberia. Así mismo es obligación del solicitante el comprobar los datos facilitados en la página web del proveedor sobre los apartamentos.

Si por motivos ajenos a la voluntad del Banco y del propio proveedor se produjesen variaciones en la oferta de Apartamentos descrita, las sustituciones que se produzcan siempre mantendrán el mismo nivel de calidad o superior. Si llegado este supuesto la modificación se produjesen dentro de la misma localidad no se admitirán renuncias por esta circunstancia.

II.

Tabla de precios de apartamentos:

 


Haz Clic aquí para ver la tabla de precios de apartamentos.

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