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Exclusivamente
para asegurados con edad entre 26 y 59 años.
En caso de enfermedad o accidente ocurrido al beneficiario, que le produzca la inmovilización en su domicilio, impidiéndole seguir normalmente su escolaridad, tendrá derecho a solicitar, un profesor particular en su propio domicilio, a partir del 15º día de ocurrencia. La Compañía aseguradora se encargará de buscar y enviar a su propio domicilio, un profesor particular, tomando a su cargo los gastos ocasionados a razón de 10 horas semanales, en fracción de dos horas diarias de lunes a viernes.
Esta prestación puede ser proporcionada, en las mismas condiciones, en caso de hospitalización del alumno, bajo reserva de que:
Limitaciones:
Exclusiones: No tendrán derecho a la prestación en los siguientes casos:
En caso de siniestro, el asegurado deberá: Llamar al teléfono de BBVA SEGUROS que figura en el Certificado Individual, de acuerdo con las limitaciones establecidas en el presente documento. Para tener derecho a la prestación deberá aportar certificado médico indicando que el beneficiario no puede, a causa de enfermedad o de accidente, ir a su centro escolar. La Compañía se reserva el derecho de verificar este certificado.
Ayuda Domicilio:
Emergencia Hogar: Se facilitará cualquier profesional debidamente cualificado que se encuentre incluido entre los siguientes: (fontanero, albañil, escayolista, contratista, parquetista, pintor, cristalero, antenista, enmoquetadores, cerrajero, electricista, etc ). La Entidad asumirá el coste del desplazamiento del profesional a la vivienda, siendo por cuenta del asegurado cualquier otro gasto que se produjera por el cumplimiento de las prestaciones. El Asegurado pagará las facturas correspondientes a la intervención solicitada, a un precio preferente. La tarifa por hora de trabajo será fija, diferenciándose horario diurno (08:00 h a 20:00 h) y horario nocturno y/o festivo (resto horario días laborables y 24 h sábados, domingos y festivos). Sobre los trabajos realizados tiene una garantía de 3 meses. Las solicitudes de carácter urgente serán prestadas con la máxima inmediatez posible. El resto de solicitudes se atenderán en un plazo de 24 horas laborables desde el momento de su solicitud, salvo casos de fuerza mayor.
Línea Médica Telefónica: El Asegurado podrá consultar telefónicamente a un médico colegiado cualquier situación médica. Se facilitará la información de carácter orientativo. En ningún caso se establecerá diagnóstico médico y la información proporcionada deberá ser considerada COMO UN CONSEJO. La consulta médica telefónica, será prestada las 24 horas del día, los 365 días del año. Farmacia de Guardia y envío de medicamentos. Al Asegurado se le facilitará la búsqueda y envío de medicamentos, siempre que exista una previa prescripción de un facultativo. (se prestará desde las 20h hasta las 8h del día siguiente). Queda cubierto el envío del medicamento, siendo a cargo del asegurado el importe del mismo. Direccionamiento de enfermos: El Asegurado podrá solicitar información sobre centros asistenciales o el envío de un médico de urgencia, siendo los honorarios de dicho médico a su cargo.
El Asegurado podrá obtener a través del teléfono facilitado la información sobre ocio: Eventos culturales, deportivos, becas, Campañas específicas de las Comunidades Autónomas, Organismos y fundaciones nacionales, Carteleras de espectáculos, Exposiciones y Galerías de Arte, Museos, el tiempo, Restaurantes, Hoteles y Paradores, Medios de transporte etc.
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